Informes Sanitarios

Toda empresa o establecimiento de carácter industrial, bodega o taller, debe solicitar el pronunciamiento de la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI de Salud) a través de ambos permisos. Es importante mencionar que ambos permisos son aplicables tanto a instalaciones nuevas como también a empresas ya en actividad, en casos de ampliación e incorporación de modificaciones significativas a procesos que ya obtuvieron sus respectivas autorizaciones ambientales y sectoriales. Este último caso puede deberse a cambios tecnológicos, mejoras en las eficiencias en las líneas de producción, cambios en las materias primas, entre otros.

Benficios

  • Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud el documento que acredita que la instalación, ampliación o traslado de un establecimiento industrial o comercial cuenta con las condiciones de seguridad mínimas para funcionar, de acuerdo con las exigencias sanitarias, ambientales y de prevención de riesgos asociadas a las actividades que allí se desarrollan.

 

  • La Seremi de Salud otorgará el informe sanitario favorable siempre que la evaluación sanitaria ambiental determine que técnicamente se han controlado todos los riesgos asociados a su funcionamiento, y que cumple con la normativa sanitaria y legal vigente.

 

  • El informe sanitario es un requisito que exige la municipalidad para otorgar la patente definitiva. No aplica para las actividades que requieren autorización sanitaria expresa, como industrias químicas, almacenamiento de desechos, oficinas comerciales o de servicios profesionales.

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